Propone diputada reformas a la condena condicional

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*Tiene como propósito actualizar la figura de la condena condicional de 5 a 3 años.

*Esta medida ayudaría a aligerar el gasto que representa cada interno anualmente.

Chihuahua. – La Diputada de Movimiento Ciudadano en el Congreso del Estado, Ilse América García Soto, presentó iniciativa con carácter de Decreto, a fin de reformar el artículo 89 del Código Penal del Estado de Chihuahua respecto de la condena condicional; a fin de que la pena de prisión a imponer no exceda de tres años, siempre y cuando no se trate de delitos que atenten gravemente a los ciudadanos.

La Representante Ciudadana enfatizó que con este cambio al Código Penal se busca aligerar la carga de trabajo que tienen las y los jueces al momento de estar revisando casos y expedientes, para emitir las sentencias correspondientes.

Por otra parte, la iniciativa presentada tiene como propósito aligerar el gasto que realiza el Estado con respecto al recurso que se destina para cada preso que diariamente es de 292.80 pesos; lo que representa anualmente una cifra de 106 mil 871 pesos, según las estadísticas sobre el sistema estatal penitenciario del INEGI en el 2017.

El Artículo 86 señala que la condena condicional es una facultad por la cual la autoridad judicial, al emitir sentencia, podrá suspender la ejecución de la pena de prisión, pues tiene por objeto fundamental permitir al sentenciado incorporarse a la sociedad, cumpliendo así la sanción que se le impuso.

Cabe señalar que esta armonización se puede dar, siempre y cuando no se trate de alguno de los delitos por los que resulta improcedente la concesión de libertad preparatoria, en los términos de la Ley de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales.

“La fracción I del artículo 86 requiere del operador del sistema que impone la pena, observar que la pena impuesta no exceda de tres años entre otros requisitos. De ahí que exista la imperiosa necesidad de modificar el artículo 89 en cuanto a la temporalidad de la pena que actualmente corresponde a cinco años, debiendo modificarse a tres años para efectos de correspondencia, congruencia y legalidad”, concluyó Ilse América García Soto. 

Staff de Notiissa.mx

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