Nuevas reglas de la AFAC para aterrizajes y despegues en aeródromos N.2

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– El objetivo es prevenir y mitigar posibles situaciones de saturación que pudieran presentarse en la infraestructura aeroportuaria.
– La asignación de horarios será acordada entre las personas transportistas aéreas y la persona administradora aeroportuaria.


CDMX.- La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), a través de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), dio a conocer los Lineamientos Generales para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue en aeródromos civiles de servicio al público con potencial de saturación Nivel 2.

El objetivo de estas disposiciones es prevenir y mitigar posibles situaciones de saturación que pudieran presentarse en determinados periodos del día, de la semana o de la temporada.

Para ello, las personas transportistas aéreas y la persona administradora aeroportuaria acordarán ajustes sobre la asignación de horarios de aterrizaje y despegue, con lo que se procura un uso eficiente y ordenado de la infraestructura aeroportuaria.

Estas directrices establecen las disposiciones generales que deben aplicar a las personas concesionarias, asignatarias aeroportuarias, a través de sus personas administradoras aeroportuarias, las personas transportistas aéreas, el órgano u organismo prestador de los servicios a la navegación aérea y la AFAC.

La asignación de horarios de aterrizaje y despegue en aeródromos civiles de servicio al público clasificados con potencial de saturación Nivel 2, debe realizarse de forma imparcial, transparente y no discriminatoria a las personas transportistas aéreas.

Estos Lineamientos son de cumplimiento obligatorio para las personas concesionarias y asignatarias aeroportuarias a través de sus personas administradoras aeroportuarias, así como para las personas transportistas y operadoras aéreas, exclusivamente en aeródromos civiles de servicio al público con potencial de saturación Nivel 2, y durante todas las horas de operación.

Las nuevas disposiciones aparecen publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entran en vigor a partir de mañana sábado 5 de septiembre de 2026.

Link para consultar los Lineamientos:
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5797949&fecha=04/09/2026#gsc.tab=0

Staff de Notiissa.mx

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