{"id":66603,"date":"2024-07-10T17:05:19","date_gmt":"2024-07-10T23:05:19","guid":{"rendered":"https:\/\/notiissa.mx\/?p=66603"},"modified":"2024-07-10T17:05:19","modified_gmt":"2024-07-10T23:05:19","slug":"busca-congreso-garantizar-la-igualdad-entre-mujeres-y-hombres","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/notiissa.mx\/?p=66603","title":{"rendered":"Busca Congreso garantizar la igualdad entre mujeres y hombres"},"content":{"rendered":"<p>-Se busca disminuir la brecha salarial por raz\u00f3n de g\u00e9nero, as\u00ed como sancionar, prevenir y erradicar la violencia laboral, entre otras cuestiones.<\/p>\n<p><strong>Chihuahua.-<\/strong> El Pleno del Congreso aprob\u00f3 en Sesi\u00f3n Extraordinaria una serie de dict\u00e1menes presentados por la Comisi\u00f3n de Igualdad, entre ellos las reformas a normativas estatales, a fin de garantizar la igualdad de derechos entre mujeres y hombres, respecto de los efectos de la patria potestad sobre los bienes de los hijos, y para prevenir, erradicar y sancionar la violencia laboral.<\/p>\n<p>La igualdad de g\u00e9nero es un derecho humano fundamental, imprescriptible para lograr sociedades pac\u00edficas con pleno potencial humano y desarrollo sostenible. Garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres es un compromiso que ha asumido el Estado Mexicano, por lo cual est\u00e1 obligado a promover el empoderamiento de las mujeres y a luchar contra toda discriminaci\u00f3n basada en el sexo.<\/p>\n<p>Es as\u00ed que, el Congreso tras la iniciativa del Grupo Parlamentario de MORENA, reform\u00f3 el C\u00f3digo Civil del Estado para especificar que, en el caso de que la patria potestad de los hijos se ejerza a la vez por el padre y por la madre; o por el abuelo y la abuela, o por los adoptantes, la administraci\u00f3n de los bienes ser\u00e1 conjunta, y se requerir\u00e1 el consentimiento expreso de ambas personas para los actos m\u00e1s importantes de la administraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Ahora bien, tras la propuesta de la diputada Iv\u00f3n Salazar Morales se reform\u00f3 la Ley del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el C\u00f3digo Administrativo ambos ordenamientos del Estado, en materia de violencia laboral; ello con la finalidad de brindar protecci\u00f3n a las mujeres, de garantizar el disfrute de sus derechos humanos y de que puedan vivir una vida libre de violencia.<\/p>\n<p>Es decir, con las adecuaciones referidas se actualiza el concepto de violencia laboral y se adicionan los conceptos de acoso y hostigamiento laboral, as\u00ed como malos tratos. Adem\u00e1s se establece la obligaci\u00f3n del Estado de dise\u00f1ar e implementar pol\u00edticas p\u00fablicas para prevenir, atender, erradicar y sancionar la violencia laboral, y el concepto de violencia laboral.<\/p>\n<p>El acoso es la forma de violencia que se presenta en una serie de eventos que tienen como objetivo intimidar, excluir, opacar, aplanar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a la v\u00edctima, causando un da\u00f1o f\u00edsico, psicol\u00f3gico, econ\u00f3mico y laboral-profesional.<\/p>\n<p>El hostigamiento, es el ejercicio de poder en una relaci\u00f3n de subordinaci\u00f3n real de la v\u00edctima frente a la persona agresora en el \u00e1mbito laboral, que se expresa en conductas verbales, f\u00edsicas o ambas.<\/p>\n<p>Por otra parte, en relaci\u00f3n a las adecuaciones realizadas para erradicar la brecha salarial por cuesti\u00f3n de g\u00e9nero, se busca abordar el tema a partir de todas las disciplinas, todas las autoridades y todas las instituciones.<\/p>\n<p>Es por lo antes mencionado que a la par de adecuar otros ordenamientos estatales, se reform\u00f3 la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado, para establecer que todo el personal del servicio p\u00fablico del Estado, de los municipios, de sus entidades y dependencias, as\u00ed como de sus administraciones paraestatales y paramunicipales, fideicomisos p\u00fablicos, instituciones y organismos aut\u00f3nomos, y cualquier otro ente p\u00fablico, recibir\u00e1 una remuneraci\u00f3n adecuada e irrenunciable por el desempe\u00f1o de su funci\u00f3n, empleo, cargo o comisi\u00f3n, que deber\u00e1 ser proporcional a sus responsabilidades. A igual trabajo, desempe\u00f1ado en puesto, jornada y condiciones tambi\u00e9n iguales, corresponde, con independencia de su denominaci\u00f3n, igual salario, sin distinci\u00f3n de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Cabe mencionar que la adecuaci\u00f3n relativa a disminuir la brecha salarial entre hombres y mujeres, surgi\u00f3 tras las propuestas presentadas por integrantes del Grupo Parlamentario de MORENA y por el diputado Omar Baz\u00e1n Flores.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, a propuesta de la diputada Georgina Zapata, se reform\u00f3 la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres, en el sentido de contar con una nueva organizaci\u00f3n del sistema social y econ\u00f3mico donde mujeres y hombres puedan hacer compatibles las diferentes facetas de su vida: el empleo, la familia, el ocio y el tiempo personal, es decir, mantener el equilibrio en las diferentes dimensiones de la vida con el fin de mejorar el bienestar, la salud y la capacidad de trabajo personal.<\/p>\n<p>A partir de ello, ser\u00e1 obligaci\u00f3n de los entes p\u00fablicos en materia de igualdad entre mujeres y hombres, promover acciones encaminadas al reconocimiento progresivo del derecho de conciliaci\u00f3n de la vida personal, laboral y familiar y establecer los medios y mecanismos tendientes a la convivencia sin menoscabo del pleno desarrollo humano.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>-Se busca disminuir la brecha salarial por raz\u00f3n de g\u00e9nero, as\u00ed como sancionar, prevenir y erradicar la violencia laboral, entre otras cuestiones. 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