{"id":40560,"date":"2021-08-17T18:23:29","date_gmt":"2021-08-17T18:23:29","guid":{"rendered":"https:\/\/notiissa.mx\/?p=40560"},"modified":"2021-08-17T18:24:41","modified_gmt":"2021-08-17T18:24:41","slug":"multa-historica-a-cinco-farmaceuticas-por-incurrir-en-practicas-monopolicas-absolutas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/notiissa.mx\/?p=40560","title":{"rendered":"Multa hist\u00f3rica a cinco farmac\u00e9uticas por incurrir en pr\u00e1cticas monop\u00f3licas absolutas"},"content":{"rendered":"\n<p>Las empresas pactaron por ejemplo no distribuir medicamentos en el territorio nacional durante los d\u00edas de descanso; y se coludieron para no distribuir o comercializar sino solamente una cantidad restringida o limitada de medicamentos a determinadas farmacias.<\/p>\n\n\n\n<p>La Comisi\u00f3n Federal de Competencia Econ\u00f3mica (Cofece) fij\u00f3 una multa hist\u00f3rica a cinco farmac\u00e9uticas por incurrir en pr\u00e1cticas monop\u00f3licas absolutas en el mercado de la distribuci\u00f3n de medicamentos.<\/p>\n\n\n\n<p>Se trata de Casa Marzam (Marzam), Casa Saba, F\u00e1rmacos Nacionales (Fanasa), Nadro y Almac\u00e9n de Drogas, as\u00ed como a 21 personas f\u00edsicas que participaron en representaci\u00f3n de estas, por la realizaci\u00f3n de pr\u00e1cticas monop\u00f3licas absolutas.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, por coadyuvar en la ejecuci\u00f3n de dichas conductas fueron multadas la Asociaci\u00f3n de Distribuidores de Productos Farmac\u00e9uticos de la Rep\u00fablica Mexicana (Diprofar) y una persona f\u00edsica.<\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo con un comunicado de la Cofece<a rel=\"noreferrer noopener\" href=\"https:\/\/www.cofece.mx\/cofece-multa-a-empresas-y-personas-fisicas-por-coludirse-en-el-mercado-de-distribucion-de-medicamentos\/\" target=\"_blank\">,<\/a> se impusieron multas por un total de <strong>903 millones 479 mil pesos y se inhabilitaron a 10 directivos de las empresas sancionadas.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEstas multas son las m\u00e1ximas que se pueden imponer en funci\u00f3n de la capacidad econ\u00f3mica de los sancionados y la ley de competencia vigente al momento de la realizaci\u00f3n de las conductas\u201d, detall\u00f3 la Comisi\u00f3n Federal de Competencia Econ\u00f3mica.<\/p>\n\n\n\n<p>En el expediente I0-001-2016 se acredita que los agentes econ\u00f3micos sancionados realizaron tanto <strong>acuerdos para restringir el abasto, como conductas para fijar, manipular e incrementar el precio de los medicamentos<\/strong>, las cuales fueron materializadas de la siguiente manera:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>D\u00edas de descanso.<\/strong> Consisti\u00f3 en un acuerdo entre Almac\u00e9n de Drogas, Casa Saba, Fanasa, Marzam y Nadro, con la coadyuvancia de la Diprofar, para <strong>no distribuir medicamentos en el territorio nacional durante los d\u00edas de descanso obligatorio previstos en la Ley Federal del Trabajo, as\u00ed como los d\u00edas Viernes Santo y D\u00eda de muertos<\/strong>. Mediante esta conducta los distribuidores se coludieron para evitar que alguno de ellos, competidores entre s\u00ed, abasteciera a las farmacias en los d\u00edas no laborables. La pr\u00e1ctica se llev\u00f3 a cabo durante un periodo de casi 10 a\u00f1os, de junio de 2006 a finales de diciembre del 2016.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Comit\u00e9 de cr\u00e9dito<\/strong>. Almac\u00e9n de Drogas, Casa Saba, Fanasa, Marzam y Nadro se coludieron para no distribuir o comercializar sino solamente una<strong> cantidad restringida o limitada de medicamentos a determinadas farmacias,<\/strong> seg\u00fan sus cuentas por pagar a las distribuidoras. Esta conducta se realiz\u00f3, al menos, entre enero de 2008 y diciembre de 2016.<\/p>\n\n\n\n<p>Las dos conductas anteriores, cada una sancionada de manera independiente, restringieron el abasto a las farmacias y perturbaron las condiciones de disponibilidad, acceso y compra de medicamentos en perjuicio de los consumidores.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Descuentos limitados<\/strong>. Los distribuidores compiten por los clientes (farmacias) a trav\u00e9s de los descuentos sobre el precio farmacia, el cual es sugerido por el fabricante o laboratorio; entre mayor sea el descuento ofrecido a las farmacias mayor es la probabilidad de obtener m\u00e1s clientes y, por lo tanto, alcanzar una mayor participaci\u00f3n de mercado. Sin embargo, Almac\u00e9n de Drogas, Casa Saba, Fanasa, Marzam y Nadro se coludieron para homologar una lista de productos respecto de los cuales establecieron un monto m\u00e1ximo de descuentos (descuentos limitados) que deb\u00eda ser observados por todos estos agentes. Por su parte, la Diprofar recib\u00eda las listas proporcionadas por cada uno de los distribuidores para posteriormente integrarlas y enviarlas para su cotejo y observaciones. Esto evit\u00f3 que los distribuidores compitieran por los clientes (farmacias) descuentos ofrecidos sobre el precio farmacia.<\/p>\n\n\n\n<p>Conducta 3.66: En esta pr\u00e1ctica participaron Almac\u00e9n de Drogas, Casa Saba, Fanasa, Marzam y Nadro para <strong>incrementar de manera coordinada el precio farmacia de diversos medicamentos en 3.66%<\/strong>. Esta conducta se efectu\u00f3 de febrero de 2011 a agosto de 2013.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Conducta cuadrantes<\/strong>: En esta conducta directivos de Marzam, Nadro, Fanasa y Casa Saba ejecutaron un mecanismo que permiti\u00f3 a los distribuidores coludirse para homologar de forma escalonada los precios de venta de los medicamentos a las farmacias, para mejorar su margen de ganancia de forma coordinada y sin perder participaci\u00f3n de mercado. El prop\u00f3sito de esta conducta fue evitar que los clientes minoristas advirtieran de manera inmediata el incremento coordinado de precios de los medicamentos vendidos por los distribuidores.<\/p>\n\n\n\n<p>Estas tres \u00faltimas conductas se\u00f1aladas fueron parte de una sola pr\u00e1ctica monop\u00f3lica cuyo objeto fue ir perfeccionando el objetivo de fijar, elevar, concertar o manipular los precios de diversos medicamentos distribuidos en el territorio nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo con la Cofece, todas estas conductas incidieron en la distribuci\u00f3n (venta de distribuidores a los minoristas, como farmacias) y comercializaci\u00f3n de los medicamentos (venta al p\u00fablico), imponiendo ilegalmente sobre el canal minorista restricciones de abasto, as\u00ed como incrementos y manipulaciones a los precios de dichos productos. Lo anterior gener\u00f3 un <strong>da\u00f1o a las familias mexicanas, particularmente a las de menores ingresos, quienes gastan aproximadamente 24 mil millones de pesos en la compra de medicamentos recetados<\/strong>, medicamentos sin receta y material de curaci\u00f3n1. Se estima que las conductas sancionadas provocaron un da\u00f1o al bolsillo de los mexicanos de 2 mil 359 millones de pesos.<\/p>\n\n\n\n<p>Conforme a lo anterior, el Pleno de la COFECE determin\u00f3 sancionar a Marzam, Casa Saba, Fanasa, Nadro y Almac\u00e9n de Drogas y a 21 personas f\u00edsicas por su participaci\u00f3n en la realizaci\u00f3n de las pr\u00e1cticas monop\u00f3licas absolutas, as\u00ed como a Diprofar y una persona f\u00edsica por su coadyuvancia, con multas que en conjunto ascendieron a 903 millones 479 mil pesos.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, 10 de las personas f\u00edsicas que actuaron en nombre y\/o representaci\u00f3n de algunas de las empresas sancionadas, durante la vigencia de la actual Ley Federal de Competencia Econ\u00f3mica, fueron <strong>inhabilitadas para ejercer como consejeros, administradores, directores, gerentes, directivos, ejecutivos, agentes, representantes o apoderados de dichas empresas, en plazos que van de los 6 meses a los 4 a\u00f1os<\/strong>. Al analizar el dolo, la intencionalidad y el tiempo que cada persona particip\u00f3 en esta conducta que afect\u00f3 gravemente un mercado que es particularmente sensible para las familias, el Pleno determin\u00f3 imponer por primera vez este tipo de sanci\u00f3n, que fue incorporada a la ley de competencia en 2014, la cual, en t\u00e9rminos del marco jur\u00eddico, debe ejecutarse inmediatamente aun cuando existan amparos por resolverse.<\/p>\n\n\n\n<p>Una vez que se ha notificado a las partes, los agentes econ\u00f3micos y las personas sancionadas tienen el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federaci\u00f3n para que<strong> sea revisada la legalidad de la actuaci\u00f3n de la COFECE.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>AN \/ GS<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las empresas pactaron por ejemplo no distribuir medicamentos en el territorio nacional durante los d\u00edas de descanso; y se coludieron para no distribuir o comercializar sino solamente una cantidad restringida o limitada de medicamentos a determinadas farmacias. 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