{"id":18231,"date":"2019-10-25T20:15:43","date_gmt":"2019-10-25T20:15:43","guid":{"rendered":"http:\/\/notiissa.mx\/?p=18231"},"modified":"2019-10-25T20:15:43","modified_gmt":"2019-10-25T20:15:43","slug":"avalan-senadores-miscelanea-fiscal-con-cambios-para-tasar-servicios-en-internet","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/notiissa.mx\/?p=18231","title":{"rendered":"Avalan senadores Miscel\u00e1nea Fiscal con cambios para tasar servicios en internet"},"content":{"rendered":"<div class=\"titular\">\n<div class=\"class_subtitular\"><\/div>\n<\/div>\n<div class=\"container_left\">\n<div class=\"class_text2\">El Senado modific\u00f3 las leyes del IVA, del IEPS y del Impuesto Sobre la Renta para ampliar el plazo sin cobro de impuestos a las plataformas digitales, hasta que a m\u00e1s tardar el 31 de enero el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria emita las reglas de car\u00e1cter general a las que se deber\u00e1n sujetar.<\/div>\n<div class=\"class_text2\">\n<p>El <strong>Pleno del Senado de la Rep\u00fablica<\/strong> aprob\u00f3 con cambios el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producci\u00f3n y Servicios y del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Lo que se denomina <strong>Miscel\u00e1nea Fiscal<\/strong>, que son estas leyes, en lo general y los art\u00edculos no reservados se aprob\u00f3 por 59 votos a favor, 34 en contra y 7 abstenciones, y debido a que se modificaron diversos art\u00edculos de estas leyes, se regres\u00f3 a la C\u00e1mara de Diputados.<\/p>\n<p>Durante la discusi\u00f3n que se llev\u00f3 hasta la madrugada del viernes, la oposici\u00f3n resalt\u00f3 que no se cumple con el dicho de que<strong> no aumentaron los impuestos y que solo fue una actualizaci\u00f3n conforme a la inflaci\u00f3n, por lo que plantearon importantes aumentos como a la gasolina<\/strong>.<\/p>\n<p>El senador de Movimiento Ciudadano, Samuel Garc\u00eda Sep\u00falveda, inform\u00f3 que dicha actualizaci\u00f3n al Impuesto Especial sobre Producci\u00f3n y Servicios (IEPS) representar\u00e1 para la gasolina magna de 3.52 a 4.06 pesos el litro; la Premium pasar\u00e1 de 4.16 a 4.81 pesos, si se redondea representa un peso, y el di\u00e9sel de 4.5 a m\u00e1s de 5 pesos.<\/p>\n<p>A lo anterior, se agrega la cuota estatal y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) lo que representar\u00e1 una<strong> actualizaci\u00f3n de 9 pesos de IEPS por litro a la gasolina<\/strong>, y se dej\u00f3 tambi\u00e9n el impuesto al ahorro, que con el ajuste pasar\u00e1 de 0.42 por ciento a 1.04 por ciento, que retendr\u00e1 el banco.<\/p>\n<p>Sin embargo, los senadores realizaron diversos cambios a las distintas leyes mencionadas, como fue el ajuste a la tabla de las tasas de retenci\u00f3n a favor de la ciudadan\u00eda en prestaci\u00f3n de servicios por internet, mediante plataformas tecnol\u00f3gicas, aplicaciones inform\u00e1ticas y similares, como son <strong>Netflix, Amazon, Mercado Libre y otros<\/strong>.<\/p>\n<p>De acuerdo con el ajuste de la propuesta, se establece que mensualmente estos prestadores de servicios tendr\u00e1n que pagar diversos porcentajes que se redujeron, pues pasa de 1 por ciento a 0.4 hasta lo que ganen por hasta mil 500 pesos; de 2.3 a 0.5 hasta 5 mil pesos; de 2.8 por ciento, baja a 0.9 por ciento, hasta 10 mil pesos; hasta 25 mil pesos se ajusta de 4 por ciento a 1.1 por ciento.<\/p>\n<p>Y de 8.4 a 2 por ciento, hasta los que obtengan cien mil pesos, y los que ganen m\u00e1s de cien mil pesos se cobrar\u00eda el 15.4 por ciento y se ajusta a 5.4 por ciento. Adem\u00e1s se aprob\u00f3 dar un plazo de seis meses para que puedan adecuar sus plataformas para la retenci\u00f3n del impuesto.<\/p>\n<p><strong>Sin embargo, las tablas para hospedaje por internet y para transporte quedan igual,<\/strong> es decir, de acuerdo con la minuta que envi\u00f3 la colegisladora, en el caso del transporte como Uber, Didi y otras plataformas de este tipo, la tasa de retenci\u00f3n mensual ser\u00e1 hasta 5 mil 500 pesos, de 2 por ciento; hasta 15 mil pesos, 3 por ciento; hasta 21 mil pesos, 4 por ciento, y m\u00e1s de 21 mil, 8 por ciento.<\/p>\n<p>Y en hospedaje por internet la retenci\u00f3n ser\u00e1 de hasta 5 mil pesos, 2 por ciento; hasta 15 mil pesos, 3 por ciento; hasta 35 mil pesos, 5 por ciento, y m\u00e1s de 15 mil pesos se retendr\u00e1 el 10 por ciento.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se aprob\u00f3 otra reserva que present\u00f3 el senador de Morena, Alejandro Armenta, que establece que el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria emitir\u00e1 las reglas de car\u00e1cter general para estas nuevas disposiciones en los servicios por internet <strong>a m\u00e1s tardar el 31 de enero de 2020, en lugar de marzo del mismo a\u00f1o, como hab\u00edan aprobado los diputados.<\/strong><\/p>\n<p>La cuota aplicable a bebidas saborizadas para el ejercicio fiscal de 2020 se actualizar\u00e1 con el factor correspondiente al per\u00edodo comprendido desde el mes de diciembre de 2017 hasta el mes de diciembre de 2019.<\/p>\n<p>Elimina la aplicaci\u00f3n de la <strong>cuota a la enajenaci\u00f3n e importaci\u00f3n de cerveza prevista en el art\u00edculo 2o.-C, de la Ley.<\/strong><\/p>\n<p>El senador <strong>Ernesto P\u00e9rez Astorga<\/strong>, de Morena, present\u00f3 otra de las reservas que fueron avaladas al C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n, que es la de cuidar que gerentes, directores, s\u00edndicos o administradores \u00fanicos de personas morales para que no se les aplique la responsabilidad solidaria, es decir, que tengan que responder en lugar del due\u00f1o de una empresa, por adeudos al fisco.<\/p>\n<p>A\u00f1adi\u00f3 que la responsabilidad solidaria siempre debe ser vista como una regla excepcional en la cual una persona por su especial vinculaci\u00f3n con otra puede generar que la primera incurra en actor que sean lesivos de los intereses del fisco general, y que podr\u00edan haberse evitado por \u00e9sta \u00faltima.<\/p>\n<p>En caso de que dicha persona no evite esos actos o bien los propicie, podr\u00eda generar un indicio de que realmente se busca deliberadamente causar el perjuicio al fisco federal, lo que podr\u00eda llegar a justificar la aplicaci\u00f3n de la responsabilidad solidaria, que esta respecto del responsable directo.<\/p>\n<p>Finalmente, la senadora de Morena, Susana Harp present\u00f3 una reforma para eliminar, con relaci\u00f3n al tema de la propiedad social, candados relacionados a la posibilidad de comuneros y ejidatarios para pertenecer a m\u00e1s de una empresa, as\u00ed como lo relacionado a la disminuci\u00f3n del 30 por ciento del ISR a ejidatarios que cuenten con m\u00e1s de una compa\u00f1\u00eda, la cual tambi\u00e9n fue aprobada.<\/p>\n<p>Notimex\/AN<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Senado modific\u00f3 las leyes del IVA, del IEPS y del Impuesto Sobre la Renta para ampliar el plazo sin cobro de impuestos a las plataformas digitales, hasta que a m\u00e1s tardar el 31 de enero el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria emita las reglas de car\u00e1cter general a las que se deber\u00e1n sujetar. 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