Logra diputada tipificar la cohabitación forzada

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Se contemplan hasta 15 años de prisión por obligar a niñas a vivir como esposas.


Chihuahua.— El Congreso local aprobó la propuesta de la diputada de Morena, Jael Argüelles Díaz, para tipificar la cohabitación forzada en el Código Penal de Chihuahua, con penas de ocho a quince años de prisión y multas de hasta dos mil 500 días, en protección de niñas, niños y adolescentes.

Durante su voto razonado, la legisladora enfatizó que ninguna niña debe ver truncados sus sueños, su educación ni su futuro por decisiones impuestas. “Son niñas, no esposas”, afirmó, al llamar a erradicar las uniones tempranas que vulneran los derechos de las infancias.

Argüelles Díaz detalló que, pese a la prohibición del matrimonio infantil en las 32 entidades federativas, persisten uniones de hecho que vulneran los derechos de niñas, niños y adolescentes. Ante esta realidad, destacó la importancia de cerrar vacíos legales y establecer sanciones penales claras contra quienes promuevan o propicien estas uniones.

La iniciativa atiende una problemática estructural marcada por la desigualdad y la vulnerabilidad social, que expone a niñas y adolescentes a la violencia, la deserción escolar y los embarazos a temprana edad, por lo que proteger sus derechos implica garantizar su desarrollo integral y la libertad de construir un proyecto de vida sin imposiciones.

Como parte de la exposición de motivos, la congresista hizo referencia a cifras de la Secretaría de Salud correspondientes a 2024, según las cuales 3 mil 114 mujeres menores de 18 años dieron a luz en Chihuahua. De esos casos, en mil 873 el padre era mayor de edad, mientras que mil 228 madres tenían menos de 14 años al momento del parto. Estas cifras evidencian la necesidad de fortalecer las acciones institucionales de prevención, protección e investigación de posibles delitos contra la libertad sexual.

La reforma adiciona el artículo 184 Quáter al Código Penal del Estado, tipificando como delito obligar, coaccionar, inducir, solicitar, gestionar u ofertar a personas menores de 18 años para establecer uniones informales equiparables al matrimonio. La disposición precisa que el delito se configura con o sin el consentimiento de la persona menor de edad, fortaleciendo la protección legal de sus derechos.

Staff de Notiissa.mx

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