«No más trabajadores eventuales en sector salud»: Omar Bazán

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El diputado Omar Bazán presentó una iniciativa de reforma al Código Administrativo de Chihuahua para reconocer los derechos laborales de empleados del sector salud que se encuentran en condiciones de contratación temporal sucesiva.

De lo contrario, planteó el diputado priista, se fincará responsabilidad a las servidoras y servidores públicos que con motivo de su función, retrasaren el pago del salario que corresponda a las personas funcionarias, empleadas y trabajadoras al servicio del Estado, de acuerdo a los plazos señalados en este Código y que mediante la práctica de contratación temporales, eventuales o por obra determinada de forma sucesiva, le impida la relación laboral como trabajador de base.

Bazán Flores propone adicionar los artículos 75 BIS, 75 TER y reformar el artículo 97 TER del Código Administrativo del Estado de Chihuahua.

En los articulos transitorios establece: anterior de conformidad con la siguiente:

ARTICULO PRIMERO.- Tratándose de trabajadores al servicio del Estado que se desempeñan en cualquier área del sector salud, que hayan estado desempeñando sus servicios por contrataciones temporales sucesivas, se les reconoce y declara su estado de trabajador de base conforme a lo previsto en el artículo 75 fracción I del Código Administrativo del Estado de Chihuahua.

ARTICULO SEGUNDO.- Para acreditar la calidad de trabajador de base, basta que el empleado compruebe con cualquier medio, que mantuvo una relación de trabajo con el Estado de forma permanente mediante contratos temporales, eventuales o por obra determinada de forma sucesiva para que le sean reconocidos todos sus derechos.

Las adiciones a los artículos del Código Administrativo que proyecta el también dirigente estatal del PRI, quedarían de la siguiente manera de ser aprobados por el Congreso:

Artículo 75 BIS.- La contratación de un trabajador eventual o extraordinario puede únicamente estipularse cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar y cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador.

Artículo 75 TER. – Tratándose de la contratación de un trabajador temporal, y vencido el término que se hubiese fijado y subsiste la materia del trabajo, la relación quedará prorrogada como trabajador de base en términos de la fracción I del artículo 75.

ARTÍCULO 97 TER.

El procedimiento de sanción a las servidoras y servidores públicos se hará de conformidad a lo que establece la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Omar Bazán lamentó que por años, el Gobierno del Estado de Chihuahua no ha reconocido los derechos laborales del personal del sector salud como es la pensión y jubilación.

Ante la contingencia por el COVID 19, señaló Bazán Flores, los empleados de salud ven la oportunidad de exigir las prestaciones de ley de las cuales carecen «y están en todo su derecho más aún cuando su vida y la de sus familias corren un gran riesgo».

¿Cómo exigirles compromiso si nunca se les ha apoyado como ciudadanos aplicando la ley laboral con un trabajo digno y bien remunerado con las garantías mínimas que se deben de otorgar de seguridad social?, cuestionó el diputado.

Quienes están al frente de la batalla arriesgando su integridad, exponiéndose a secuelas o la muerte, deben tener su base y recibir un bono durante la contingencia, reiteró Omar Bazán.

Actualmente no cuentan con prestaciones mínimas como seguro de vida ni gastos funerarios, «hay médicos generales y especialistas contratados por el ICHISAL bajo este esquema de honorarios desde hace 10 años a la espera de ser basificados y que mejoren sus condiciones laborales actuales», abundó.

Hay quienes han tenido que recurrir a los amparos en la Suprema Corte y a las instancias internacionales para poder exigirle al Gobierno lo que les corresponde, y así se irán sumando conforme vayan acumulando derechos.

Otra categoría es la de empleados por contrato a quienes se los van renovando cada año, actualmente cada 6 meses o cada mes, buscando la forma de evadir derechos y prestaciones para los trabajadores.

Lo único que se genera es desgaste en la relación laboral, toda vez que la reciente normatividad del Gobierno del Estado reconoce la antigüedad laboral, por lo que es de suponerse que toda persona que laboró para el gobierno puede reconocer el tiempo al servicio del Estado y alcanzando los requisitos, podría hacer valer el derecho de jubilación o pensión, expuso Omar Bazán en la iniciativa de reforma.

El diputado priista reconoció el desempeño y la vocación de servicio del personal de Salud y hoy es momento de garantizarles certeza laboral y económica a ellos y a sus familias.

Staff de Notiissa.mx

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